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PREPAGOS

La Cámara de Senadores de la Nación dio media sanción, en agosto de 2004, a un proyecto de Ley mediante el cual se procura regular el funcionamiento de las empresas de medicina prepaga. Como es de rigor, el proyecto pasó a la Cámara de Diputados donde debe ser analizado.

 

ANTECEDENTES

El proyecto aprobado es uno de los tantos que anduvo dando vueltas entre los senadores en los últimos tiempos. El tema surgió a raíz de la conducta de algunas empresas del sector que no cumplían acabadamente con las exigencias administrativas gubernamentales para toda empresa comercial. Tal situación daba lugar a que una empresa sin suficiente solvencia económica decorara una moderan oficina , desarrollara una buena publicidad, reclutara afiliados, prometiera interesantes servicios asistenciales y, de pronto, manifestara imposibilidad de pago con el consiguiente tendal de víctimas: afiliados sin cobertura, acreedores sin cobrar y, naturalmente, prestadores reclamando vanamente por sus honorarios.

 

En mérito a muchas denuncias aparecidas en los diarios, los senadores se ocuparon de la cuestión y aprobaron el mencionado proyecto cuyo contenido se refiere exclusivamente al aspecto señalado.

 

ANÁLISIS

Hace años, los prestadores de servicios de salud, en particular los odontólogos, se quejan del modo en que los dueños de las empresas y sus funcionarios conducen la actividad de los profesionales.

 

Honorarios denigrantes que, en algunos casos, se asemejan a los de una empleada doméstica, pagos con meses de atraso, débitos inventados, rescisión o modificación unilateral de los contratos (eso, cuando hay contratos), garantías por los tratamientos profesionales, lo cual contradice los criterios científicos e incluso infringe la Ley 17.132 que prohíbe asegurar el éxito de la labor, obligación de presentación de liquidaciones debiendo ceñirse a mecanismos tecnológicos a costa del profesional, auditores empleados de la empresa sin independencia de criterio, exigencia al presional de ocultamiento al paciente acerca de prestaciones que la empresa no brinda, son algunas de las conductas de las prepagas.

 

Ante tal situación, sostenemos que el camino para lograr que estas modalidades se modifiquen no es el de ir a la empresa a solicitar los cambios.

 

Imaginemos que algún “buen” gerente de una prepaga se aviene a cambiar algunas cosas ¿qué garantías tenemos que el mismo gerente ante otras circunstancias o, si cambian al anterior, otro gerente no las imponga nuevamente o instale otras?
Y, hablando de honorarios. Supongamos que pedimos , y nos conceden (parece un delirio) un 10 ó 15 ó 20 % de aumento sobre los honorarios actuales. ¿En qué modifica el nivel de humillación que significan esos aranceles para personas que no sólo se graduaron en la Universidad sino que tienen que pasar el resto de su vida actualizándose?
Actualizarse es tiempo y plata

 

NUESTRO CRITERIO
Las empresas de medicina prepaga son emprendimientos comerciales, por lo tanto, con derecho a lucro. Pero el producto que venden es salud. Y, en nuestra opinión –y así lo establece la Constitución- La salud no es una mercancía sino un bien social

 

Por lo tanto, el Estado está obligado a no desentenderse. El modo en que las prepagas obligan a los odontólogos a ejercer su labor, atenta contra la salud de los pacientes.

 

En atención a lo expuesto, consideramos que en la actividad de las empresas de Medicina prepaga, además de contemplar los aspectos administrativos, debe tenerse en cuenta la manera cómo se estructuran y se desarrollan las actividades que promueven el cuidado de la salud, tareas de organización y control en la cual no puede faltar la participación efectiva de los prestadores.

 

ESTADO ACTUAL
El Proyecto aprobado por el Sendado está, fundamentalmente, dirigido al contralor administrativo de las empresas de medicina prepaga. Más que un proyecto de regulación, es un proyecto de registro de esas instituciones. Sólo escasamente (Art. 18 inciso e) tiene en cuenta otros aspectos como se mencionan más arriba.

 

En conocimiento que la CORA se había entrevistado con el presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la Nación expresándole su conformidad con el proyecto, aunque solicitando un par de modificaciones (PMO y grantías), una delegación de FOCIBA se reunió en 2 ocasiones con el Ejecutivo de CORA, señalando que el proyecto distaba de significar una verdadera regulación de las prepagas. Se propuso, entonces, enviar a la Cámara de Diputados un texto adjunto que incorpore al proyecto original un organismo que incluya a empresas, consumidores y prestadores, todos bajo el control del Estado, en cuyo seno se puedan escuchar las opiniones de todas las partes interesadas.

 

Al mismo tiempo, se presentó a CORA una nota para ser enviada en nombre de la Confederación a todas las entidades que agrupan a profesionales del arte de curar, invitándolas a expresarse ante la Cámara con contenidos similares a los de CORA.

 

Estos criterios fueron aceptados y estamos a la espera de su implementación.

 

 

 

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